Una sentencia del TSJ de Valencia establece que un trabajador sin antecedentes genéticos de la enfermedad ha sufrido una enfermedad de Alzheimer a resultas de su exposición a tóxicos a lo largo de su vida laboral. La resolución parece contradictoria, ya que admite que el Alzhéimer no puede ser calificado como enfermedad profesional, pues se desconoce su origen, pero no por ello deja de considerar que existe una "gran probabilidad" que el padecimiento del trabajador se deba a su contacto con los productos químicos y pesticidas con los que trabajó durante casi 40 años. Pero por otra parte, no da por probada la vinculación entre la enfermedad degenerativa y los productos tóxicos, ya que concede que no existe la "certeza absoluta" de que estos sean su causa, y añade que admitirlo "constituiría un hito científico de magnitud mundial". Comentario en Prevención Integral.
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